Certificado de últimas voluntades

certificado de las últimas voluntades

El certificado de últimas voluntades es el primer papel que necesitas cuando fallece un familiar. Sin el certificado de últimas voluntades no se puede saber si dejó testamento, ni en qué notaría lo firmó, ni empezar a tramitar la herencia.

Es un trámite sencillo, barato y que se resuelve en pocos días. Aquí te explicamos cómo pedir el certificado de últimas voluntades paso a paso, sin perder tiempo ni dar vueltas de más.

Qué es el certificado de últimas voluntades

El certificado de últimas voluntades es un documento oficial que emite el Ministerio de Justicia y que acredita si una persona fallecida otorgó testamento y, en caso afirmativo, ante qué notario y en qué fecha.

Ojo con este matiz, porque genera muchas confusiones: el certificado de últimas voluntades no contiene el contenido del testamento. No dice quién hereda ni qué se reparte. Solo indica si existe y dónde está. El contenido se obtiene después, pidiendo copia autorizada a la notaría que lo custodia.

Toda esta información se recoge en el Registro General de Actos de Última Voluntad, dependiente del Ministerio de Justicia, donde se inscriben automáticamente todos los testamentos que se firman en España.

Cuándo se puede pedir el certificado de últimas voluntades

Hay que esperar quince días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Antes de ese plazo, la solicitud del certificado de últimas voluntades se rechaza, porque el registro necesita ese margen para tener constancia de la defunción.

Es una espera obligada, pero se puede aprovechar bien: en esos días conviene reunir el resto de documentación de la herencia (escrituras de inmuebles, saldos bancarios, recibos y pólizas de seguro de vida).

Cómo pedir el certificado de últimas voluntades en 5 pasos

1. Consigue el certificado de defunción

Lo expide el Registro Civil del lugar donde se produjo el fallecimiento. Debe ser un certificado literal, no un extracto. Puede pedirse presencialmente, por correo o por internet, y es gratuito.

2. Rellena y abona el modelo 790

Es el impreso de solicitud del certificado de últimas voluntades y, a la vez, el justificante del pago de la tasa. Se descarga desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia, se cumplimenta con los datos del fallecido y se abona en cualquier entidad bancaria colaboradora. Se debe abonar la tasa correspondiente.

3. Elige la vía de presentación

  • Online, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es la vía más rápida para obtener el certificado de últimas voluntades.
  • Presencial, en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de la provincia.
  • Por correo postal, dirigido al Registro General de Actos de Última Voluntad en Madrid.

4. Espera la expedición

Por vía telemática, el certificado de últimas voluntades suele estar disponible en pocos días hábiles; por correo, algo más. No hace falta insistir: el sistema lo emite de forma prácticamente automática.

5. Guárdalo con el resto de la documentación

Lo necesitarás en la notaría, en el banco, en la aseguradora y para liquidar el impuesto de sucesiones. Pide varias copias si vas a moverte en distintas ventanillas a la vez.

Ya tengo el certificado de últimas voluntades: ¿y ahora?

Si el certificado de últimas voluntades indica que sí hay testamento, el siguiente paso es solicitar copia autorizada a la notaría donde se otorgó. Pueden pedirla quienes tengan interés legítimo en la herencia: herederos, legatarios y personas mencionadas en el documento.

Con esa copia en la mano ya se puede firmar la escritura de aceptación y adjudicación de herencia, que es la que permite poner los bienes a nombre de los herederos, desbloquear cuentas bancarias e inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad. Te explicamos todo el recorrido en nuestra página de herencias en Salamanca.

Si el certificado de últimas voluntades dice que no hay testamento

Entonces hay que tramitar una declaración de herederos abintestato, que en el caso de descendientes, ascendientes y cónyuge se hace ante notario mediante un acta de notoriedad, tal y como explica el Consejo General del Notariado.

Necesitarás el certificado de defunción, el propio certificado de últimas voluntades, el DNI del fallecido o un certificado de empadronamiento, el libro de familia o certificados de nacimiento y dos testigos que conocieran a la familia.

Es un trámite más largo y más caro que un testamento, y es exactamente la razón por la que insistimos tanto en hacer testamento a tiempo.

Errores frecuentes al pedir el certificado de últimas voluntades

  • Pedirlo antes de los quince días hábiles. La solicitud se deniega y hay que empezar de nuevo.
  • Presentar un extracto del certificado de defunción en lugar del literal.
  • Errores en los apellidos o en la fecha de nacimiento del fallecido: el registro busca por coincidencia exacta.
  • Suponer que el certificado de últimas voluntades incluye el testamento. Hay que pedir después la copia a la notaría.
  • Dejarlo para el final. Los seis meses del impuesto de sucesiones corren desde el fallecimiento, no desde que se reúne la documentación.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta el certificado de últimas voluntades?
Solo la tasa del modelo 790, de unos pocos euros. No hay más costes asociados a la solicitud.

¿Cuánto tarda en llegar?
Solicitado por vía telemática con certificado digital, suele estar disponible en pocos días hábiles.

¿Quién puede pedir el certificado de últimas voluntades?
Cualquier persona, siempre que aporte el certificado literal de defunción del fallecido. No es necesario acreditar parentesco.

¿Sirve para saber qué me han dejado en herencia?
No. Únicamente indica si hay testamento y ante qué notario se firmó. El contenido se obtiene pidiendo copia autorizada a esa notaría.

¿Y si el fallecido tenía bienes en el extranjero?
El registro español solo recoge los testamentos otorgados en España. Si hubo testamento en otro país, hay que consultar el registro equivalente de ese Estado.

¿Puede ayudarme la notaría con todo esto?
Sí. Te indicamos exactamente qué documentos reunir y en qué orden, y nos ocupamos de la escritura de herencia una vez estén completos.

¿Necesitas tramitar una herencia en Salamanca?

Estamos en C. Villar y Macías, 1, en pleno centro. Llámanos al 923 28 18 17 o escríbenos desde contacto y te explicamos el siguiente paso sin compromiso.

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