Donación a hijos en Castilla y León: 5 claves (2026)

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Hacer una donación a hijos en Castilla y León sale muy barato en impuestos si se hace bien. La Junta bonifica el 99 % de la cuota del Impuesto de Donaciones entre padres e hijos. La condición es firmarla en escritura pública ante notario y, si se dona dinero, explicar en esa misma escritura de dónde sale.

En Notaría Toro 63, en el centro de Salamanca, firmamos a menudo donaciones de padres a hijos: dinero para la entrada de un piso, una vivienda o unas tierras. Estas son las cinco claves para que la donación a hijos no acabe en un susto fiscal.

En resumen:

  • El hijo paga solo el 1 % de la cuota del impuesto: unos 124 € por cada 100.000 € donados.
  • La donación debe formalizarse en escritura pública; si es dinero, su origen tiene que constar en la escritura.
  • El plazo para presentar el impuesto (modelo 651) es de 30 días hábiles.
  • Si se dona un inmueble, los padres pueden pagar IRPF por la ganancia y el hijo, la plusvalía municipal.

1. Cuánto se paga por una donación a hijos en Castilla y León

El Impuesto de Donaciones lo paga quien recibe, en este caso el hijo. La tarifa estatal va del 7,65 % al 34 % y, a diferencia de las herencias, en las donaciones no hay una reducción por parentesco que deje exenta una parte.

Sobre la cuota resultante, Castilla y León aplica una bonificación del 99 % en la donación a hijos, nietos, padres y cónyuge. Es decir, se paga el 1 % de la cuota, no el 1 % de lo donado.

Importe donadoCuota sin bonificaciónCuota con bonificación del 99 %
30.000 €2.652 €27 €
60.000 €6.259 €63 €
100.000 €12.415 €124 €

Cálculo orientativo con la tarifa estatal y cifras orientativas, para un hijo con un patrimonio previo inferior a 402.678 €. No incluye la plusvalía municipal ni el IRPF de los padres. Consultar cifras directamente con notaría.

2. Sin escritura pública no hay bonificación

La Junta exige que la donación a hijos se formalice en documento público para aplicar la bonificación, como recoge su guía oficial del impuesto de donaciones.

  • Si donas un inmueble, la escritura es obligatoria de todos modos: el Código Civil la exige para que la donación sea válida.
  • Si donas dinero, una transferencia sin escritura puede ser válida, pero pierde la bonificación. En el ejemplo de 100.000 €, el hijo pasaría de pagar 124 € a pagar más de 12.400 €.
  • El origen del dinero debe quedar justificado y manifestado en la propia escritura: de qué cuenta sale y a qué cuenta va.

Lo más seguro es firmar la escritura antes de hacer la transferencia, o el mismo día. Si el dinero ya se ha movido, consúltanos cuanto antes: el plazo de 30 días hábiles para presentar el modelo 651 corre desde la donación a hijos.

3. Dinero para la primera vivienda: una reducción adicional

Cuando la donación a hijos es dinero para comprar su primera vivienda habitual, y el hijo tiene menos de 36 años o una discapacidad igual o superior al 65 %, Castilla y León aplica además una reducción del 99 % en la base imponible.

Esta reducción tiene requisitos propios, como destinar el dinero a la compra en un plazo y dentro de unos límites de importe. Conviene revisarlos antes de firmar. Si la donación va a la entrada de un piso, podemos coordinarla con la escritura de compraventa en nuestra notaría de Salamanca para que todo encaje en fechas.

4. Donar un piso a un hijo: el coste que suele olvidarse

El impuesto del hijo es solo una parte. En la donación a hijos de un inmueble aparecen otros dos costes:

  • IRPF de los padres. Hacienda trata la donación como si el padre o la madre vendiera el piso por su valor actual. La diferencia con lo que pagó en su día es una ganancia que tributa entre el 19 % y el 30 %.
  • Plusvalía municipal. En las donaciones la paga quien recibe, es decir, el hijo, y la cobra el ayuntamiento donde está el inmueble.

Hay una excepción importante. Los mayores de 65 años que donan su vivienda habitual, en la que han vivido al menos tres años, no pagan IRPF por esa ganancia, según la Agencia Tributaria. La exención también se aplica si donan la nuda propiedad y se reservan el usufructo vitalicio.

Por eso, con un piso comprado hace muchos años, a veces sale más barato esperar a la herencia. Lo explicamos con detalle en nuestra guía del impuesto de sucesiones en Castilla y León.

5. Reserva de usufructo, colación y testamento

La donación a hijos tiene efectos más allá de los impuestos. Hay tres puntos que conviene decidir antes de firmar en la donación a hijos en Castilla y León:

  1. Reserva de usufructo. Los padres pueden donar la nuda propiedad y quedarse el usufructo: siguen viviendo en la casa o cobrando el alquiler. Cuando fallecen, el hijo consolida la propiedad plena; esa consolidación tiene su propia liquidación, que conviene prever.
  2. Colación. Lo donado a un hijo se considera, por defecto, un adelanto de su herencia y se descuenta cuando se reparte la herencia con sus hermanos. Si los padres no quieren que se descuente, deben decirlo expresamente en la escritura (dispensa de colación).
  3. Testamento. Una donación importante cambia el reparto de la herencia. Es buen momento para revisar el testamento; te contamos cómo en nuestra página sobre hacer testamento en Salamanca.

Documentos para firmar una donación a hijos en la notaría

  • DNI de padres e hijos.
  • Si se dona dinero: certificado o extracto bancario de la cuenta de origen y número de la cuenta de destino.
  • Si se dona un inmueble: escritura de propiedad, último recibo del IBI y certificado de la comunidad de propietarios de estar al corriente de pago.

Con esa documentación preparamos la escritura de la donación a hijos. Después de firmar, el hijo tiene 30 días hábiles para presentar el modelo 651 en el Servicio Territorial de Hacienda de Salamanca o por vía telemática.

¿Cuánto paga un hijo por una donación de 100.000 € en Castilla y León?

Unos 124 €, siempre que la donación se firme en escritura pública y, si es dinero, se justifique su origen en la propia escritura. Sin esos requisitos, la cuota supera los 12.400 €.

¿Puedo hacer una transferencia a mi hijo sin pasar por el notario?

Puedes, pero la donación a hijos perderá la bonificación del 99 %: el hijo tendría que pagar la cuota completa del impuesto. La escritura pública es la condición para pagar solo el 1 %.

¿Qué plazo hay para pagar el impuesto de donaciones?

Treinta días hábiles desde el día siguiente a la donación, con el modelo 651 de la Junta de Castilla y León.

¿Es mejor donar en vida o dejarlo en herencia?

Depende del bien. Con dinero, el coste fiscal es parecido. Con un inmueble comprado hace años, la herencia suele salir más barata porque los padres no pagan IRPF por la ganancia. Conviene estudiar cada caso.

¿Estás pensando en una donación a hijos?

En Notaría Toro 63 revisamos contigo la opción más ventajosa antes de firmar. Llámanos al 923 28 18 17 o escríbenos desde nuestra página de contacto.

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